Levítico 10:15

Con las ofrendas de los sebos que se han de encender, traerán la espaldilla que se ha de elevar, y el pecho que será mecido, para que lo mezas por ofrenda agitada delante de Jehová: y será por fuero perpetuo tuyo, y de tus hijos contigo, como Jehová lo ha mandado.

Referencia cruzada

Levítico 7:30 especifica las mismas acciones de mecer y elevar para el pecho y la espaldilla, paralelamente al ritual en 10:15.

Levítico 7:34 confirma que el pecho y la espaldilla son el derecho perpetuo de los sacerdotes de las ofrendas de paz, exactamente como en 10:15.

Levítico 23:20 incluye una ofrenda mecida de panes y un cordero entregada al sacerdote, una regulación paralela de ofrenda mecida como aquí.

En 1 Corintios 9:13, Pablo cita el principio de Levítico 10:15 —los sacerdotes viven de las ofrendas del altar— para defender el sostén material de los ministros.

1 Corintios 9:14 extiende el principio de sostén sacerdotal: como los sacerdotes reciben porciones, los predicadores del evangelio deben vivir de su trabajo.

Éxodo 29:28 también llama a la porción sacerdotal una ordenanza perpetua, la misma frase exacta usada aquí, vinculando ambas leyes de consagración.

En Números 18:8, Dios da a los sacerdotes las ofrendas como un derecho perpetuo, haciendo eco directo de la ordenanza perpetua para las porciones sacerdotales aquí.

Éxodo 29:27 describe porciones sacerdotales similares de las ofrendas de consagración —pecho y espaldilla apartados— como las ofrendas mecida aquí.

Números 6:20 describe una ofrenda mecida del voto de nazareo entregada al sacerdote, el mismo término ritual y concepto de porción sacerdotal.

En 1 Samuel 2:28, Dios recuerda haber dado a la casa de Aarón las ofrendas de fuego como su porción, haciendo eco de la misma provisión sacerdotal descrita aquí.