Esdras 7:24
Y á vosotros os hacemos saber, que á todos los sacerdotes y Levitas, cantores, porteros, Nethineos y ministros de la casa de Dios, ninguno pueda imponerles tributo, ó pecho, ó renta.
Referencia cruzada
Esdras 7:7 lista los mismos sacerdotes, levitas, cantores, porteros y sirvientes del templo que subieron con Esdras—aquí se les concede exención de impuestos.
En Esdras 2:36-55, se catalogan las mismas clases de sirvientes del templo que regresaron del exilio—confirmando la identidad de los ahora exentos de impuestos.
Esdras 4:13 usa los mismos tres términos de impuestos (tributo, impuesto, peaje) para advertir que reconstruir perdería ingresos—aquí se eximen para los trabajadores del templo.
Nehemías 9:37 lamenta que todo el producto va a reyes extranjeros—un fuerte contraste con la exención de impuestos para los trabajadores del templo decretada aquí.
Génesis 47:22 registra una política similar: Faraón eximió a los sacerdotes egipcios de vender tierras—precedente de gobernantes que privilegian a siervos religiosos.
1 Crónicas 9:33 describe a cantores levitas exentos de otros deberes para servir día y noche—una exención paralela para trabajadores del templo.